PARTE B, TEMA ELEGIDO: "Identificar las necesidades educativas especiales atendiendo a la diversidad"




 Necesidades Educativas Especiales 

Los alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) son aquellos que requieren atención específica durante parte de su escolarización o a lo largo de todo este periodo. Esta atención especial se derivará de diferentes grados y capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial.

Partiendo desde esta lógica, y basándonos en la Ley N° 26.206 del año 2006 de “Educación  Nacional” que postula en su artículo 42 lo siguiente: “La Educación Especial es la Modalidad del Sistema Educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. 

La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el inciso n) del artículo 11 de esta ley. El  mismo refiere: brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos.

De esta misma ley, el artículo 45 sostiene que: “el Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, creará las instancias institucionales y técnicas necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de los alumnos con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles de enseñanza obligatoria, así como también, las normas que regirán los procesos de certificación y evaluación escolar.

Teniendo en cuenta el artículo 93 de la ley 26.206 faculta a las autoridades educativas y jurisdiccionales para que organicen o faciliten el diseño de programas para la identificación, evaluación temprana, seguimiento y orientación de los alumnos con capacidades o talentos especiales y la flexibilización o ampliación del proceso de escolarización. En su capítulo siete, artículo 44, con el propósito de asegurar el derecho a la educación, la integración escolar y favorecer la inserción social de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, las autoridades jurisdiccionales, dispondrán las medidas necesarias para:

  •    Posibilitar la trayectoria educativa integral que permita el acceso a los saberes tecnológicos, artísticos y culturales.
  •     Contar con el personal especializado suficiente que trabaje en equipo con los/as docentes de la escuela común.
  •      Asegurar la cobertura de los servicios educativos especiales, el transporte, los recursos técnicos y materiales necesarios para el desarrollo del currículum escolar.
  •    Propiciar alternativas de continuidad para su formación a lo largo de toda la vida.
  •    Garantizar la accesibilidad física de todos los edificios escolares.

Conjuntamente de acuerdo a lo establecido por el Consejo Federal de Educación, a través de la resolución N° 155-CFE-11, que en sus artículos N° 27, 28, 29, 34, 44, 46 y 52 determina que es necesario elaborar las normativas y orientaciones técnico pedagógicas para enmarcar los procesos de las trayectorias escolares completa de los estudiantes con discapacidad, y generar las condiciones que permitan el desarrollo de las trayectorias educativas integrales con criterios adecuados a cada situación, en igualdad de condiciones asegurando las configuraciones de apoyo que se requieran en función de la evaluación de las características del estudiante, el contexto y su familia.

Partiendo del concepto de trayectoria educativas integrales que apunta a las múltiples formas de atravesar la experiencia educativa, se piensa en un recorrido singular para el alumno que presente dificultades en el aprendizaje o presente alguna discapacidad especifica y frente a situaciones, que requieren de propuestas flexibles y ajustadas a las necesidades e intereses del estudiante, es que se proponen este tipo de estrategias pedagógicas, como es el caso de una trayectoria educatica integral.

En cada particularidad de cada estudiante con NEE, hay que plantearse como objetivo principal brindar herramientas y habilidades para generar espacios de autonomía. 

Por lo mencionado hay que trabajar con la familia y entre todos los actores involucrados en la trayectoria escolar del estudiante, prestando atención a las necesidades educativas, sociales y subjetivas del estudiante en este momento de su vida.

Según texto “Orientaciones 1. Educación Especial, una Modalidad del Sistema Educativo en Argentina” define: Los recorridos posibles de los sujetos son singulares pero en el seno del Sistema Educativo deben ser articulados, acompañados e historizados; son desarrollados en sucesivas propuestas organizadas curricularmente, diseñadas y evaluadas por los equipos escolares interdisciplinar.

La propuesta  pretende garantizar el acceso a la educación del estudiante, desde el Modelo Social de discapacidad, eliminando las barreras que al momento actual dificultan o limitan la participación en el sistema educativo.

En cualquier caso, ante una niña o un niño, adolescnete o Jóven con necesidades educativas especiales, es necesario realizar las adaptaciones curriculares pertinentes y encontrar la metodología adecuada para satisfacer cada una de las necesidades educativas especiales. Además, siempre deberán tenerse en cuenta tanto los deseos de los propios alumnos como los puntos de vista de sus padres.


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